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Reforma Constitucional de 1994 y Su Impacto en el Sistema Legal de la República Dominicana.

Reforma Constitucional de 1994 y Su Impacto en el Sistema Legal de la República Dominicana.





Se le llama Constitución al conjunto de reglas fundamentales que rigen la organización y las relaciones entre los poderes públicos y fijan los grandes principios del derecho público de un Estado. El Estado dominicano nació en la vida jurídica, el 6 de noviembre del 1844, cuando se proclama la constitución dominicana en la ciudad de San Cristóbal. Nuestra Constitución se nutre de las leyes sustantivas de otros estados como son:
La Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, llamada Filadelfia, las leyes de Francia y en la Constitución de Cáliz de 1812. Esta Constitución fue el conjunto de principios políticos y promesas en las manifestaciones dirigidas al pueblo por los Trinitarios el 16 de enero de 1844, se anunciaba que el propósito del grupo separatista era convertir la nación dominicana en un Estado unitario, respetuoso de la religión católica, republicano, democrático y representativo.
Al formarse la Junta Central Gubernativa, día después de la proclamación de la independencia, el 27 de febrero, después de las medidas para asegurar el orden interno, la administración de los servicios públicos más esenciales, la obtención de recursos humanos y económicos con que proveer a la defensa del nuevo Estado con relación de Haití.
La Constitución, desde noviembre de 1844, ha sufrido 37 modificaciones o reformas. Una de estas es la realizada el 14 de agosto del 1994, durante el mandato de Joaquín Balaguer, se modificó la Constitución tras una crisis electoral; se dispuso nuevamente la "no reelección presidencial", así como la reducción de 4 a sólo 2 años el período presidencial de Balaguer 94-98, lo que originó nuevas elecciones en 1996. 
Firmado por todos los partidos contendientes en los comicios de mayo de ese año, poniendo como testigos a muchas organizaciones privadas y en ese acuerdo los partidos con representación congresional se comprometieron a aprobar de inmediato, una enmienda constitucional, que vino a ser la Constitución de agosto de 1994. Mediante ese texto, como dijimos, el periodo presidencial que empezaba en ese mes se redujo a dos años, se prohibió la reelección presidencial se separaron las elecciones concreciónales y municipales de las presidenciales, Se estableció la doble vuelta electoral en las elecciones presidenciales de modo que sin ningún candidato obtenía mayoría de más del 50% de los votos, se celebraría una segunda votación entre el que llegara en primer lugar y el que llegara en segundo. Mediante los llamados colegios cerrados se quiso hacer más difícil el fraude electoral, de modo que ningún elector podía votar más de una vez Cambio de suma importancia de esta modificación fue quitarle al Senado el poder de designar a todos los jueces. 
En su lugar se estableció que los magistrados de la Suprema Corte de Justicia serian designados pro el Consejo Nacional de la Magistratura, nuevo órgano compuesto por representantes de los tres poderes del estado e integrado por siete miembros: a saber el Presidente de la República que lo presidirá; el Presidente del Senado y un Senador que pertenezca a un partido distinto al presidente del Senado; el Presidente de la Cámara de Diputados y un diputado que sea de un partido diferente a la del Presidente de dicha Cámara, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia y un Juez de ese alto tribunal que fungirá de secretario. También se estableció constitucionalmente la carrera Judicial, así como la previsión de jubilaciones de los jueces. Al Poder Judicial se le dio autonomía administrativa y presupuestaria y a la Suprema Corte se le dio la facultad de fijar los sueldos de los jueces y designar los empleados administrativos de todo el poder judicial, eliminando así esa potestad del Ejecutivo como en constituciones anteriores. Se designó una nueva Junta Central Electoral, cuyos miembros fueron de aceptación general.



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